viernes, 31 de mayo de 2019

ACTUALIDAD: Rectores sí pueden rechazar ideología de género en colegios de Colombia




8 de mayo de 2019 8:20 pm | ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN 9 de mayo de 2019 9:29 am

Ex rectora y abogada: Rectores sí pueden rechazar ideología de género en colegios de Colombia.

POR DIEGO LÓPEZ MARINA | ACI Prensa

María Cecilia Henao, quien fue rectora del Colegio Centro Santa María de Bogotá por 18 años; y la abogada de Red Familia Colombia, Claudia Madriñán, afirmaron que los rectores de los colegios públicos y privados sí pueden oponerse a implementar la ideología de género en los Manuales de Convivencia escolar; e indicaron que en su elaboración deben participar los padres de familia.

La ideología de género o enfoque de género es una corriente que considera que el sexo no es una realidad biológica sino una construcción sociocultural. Actualmente varios gobiernos intentan imponerla a través de la educación de niños y jóvenes.

El 3 de abril de 2018, ACI Prensa presentó la denuncia de un grupo de padres de familia del colegio Claretiano de Bogotá. Éstos señalaron que por medio del Manual de Convivencia, publicado por el colegio, se imparte a los alumnos enseñanzas basadas en conceptos como “sexualidad recreativa”, “orientación sexual”, “identidad de género”, “diversidad sexual”, derechos “sexuales y reproductivos” (término que incluye el aborto), así como “elegir libremente el compañero sexual”.

En el artículo del 3 de abril, el rector del colegio, P. Avelino Suárez Barrera, aseguró que la institución responde “conforme a las exigencias de educación que están en ley” y que ese tipo de lenguaje “los atraviesa”, se les “impone” y “no lo pueden desconocer”.

Además, señaló que el centro ha optado por “una especie de diálogo con estas normas”, pero sin “dejar de lado el espíritu del Evangelio ni el carisma claretiano”. Dijo que la “principal dificultad” la tienen los padres de familia porque “se deben situar en el contexto en el que está el mundo”, el cual “ha cambiado”.

En un comunicado enviado a ACI Prensa con fecha 29 de marzo, el rector indicó que la institución se “remite a los derechos sexuales y que se encuentran protegidos por la legislación internacional” y en otros documentos de la ONU.

Sin embargo, en entrevista con ACI Prensa, María Cecilia Henao aseguró que el Colegio Centro Santa María, el cual dirigió hasta el 31 de marzo de 2019, se rige bajo los principios del Evangelio y no se han incluido nociones de ideología de género en su Manual de Convivencia.

“Cualquier colegio debe mostrarles a los padres de familia todos sus planes de estudio y no dejar debajo de la mesa el de educación para la sexualidad. Tener un Manual de Convivencia con ideología de género no es lo correcto”, afirmó la también especialista en Ciencias de la Educación.

La ex rectora señaló que “cuando uno es católico tiene mucha responsabilidad, porque puede ser motivo de escándalo”, y se podría “llevar a los padres de familia que confían en nosotros a una situación delicada respecto a la educación de sus niños”.

“He visto Manuales de Convivencia de colegios que no son confesionales y no comulgan con los denominados ‘derechos sexuales y reproductivos’. No hacen una descripción de tales derechos, sino del propósito de la ley y de los tipos de situaciones de convivencia que ameritan rutas de solución a las mismas”, informó.

La ex rectora dijo que el rector anterior del Colegio Claretiano de Bogotá, el P. José María Flórez Jaimes, que es el nuevo presidente de la Confederación Nacional Católica de Educación (Conaced) de Bogotá y Cundinamarca, habría sido la persona encargada de supervisar la redacción del Manual de Convivencia de su institución educativa.

“Al parecer el Manual de Convivencia fue redactado en la rectoría anterior, cargo que dejó el padre José María Flórez para ocupar otro puesto", sostuvo.

En relación a las respuestas que dio a los padres el rector actual, el P. Avelino Suárez, Henao considera "que siempre los rectores deben resolver las preguntas e inquietudes de los padres, porque son nuestros mejores aliados".

"Un rector debe ser cuidadoso con lo que propone en el Manual de Convivencia porque mediante las normas y el pacto social se da vida al ideario institucional y se responde a los padres de familia quienes buscan un colegio que ofrece valores acordes a lo que consideran mejor para sus hijos", acotó.

Acerca de los denominados “derechos sexuales y reproductivos” en los manuales de convivencia, la ex rectora del Colegio Centro Santa María afirmó que “no son constitucionales, no existen y no pueden ser declarados porque son un invento”.

“Son lo que se llama los ‘derechos emergentes’ porque no tienen peso jurídico y simplemente son un vehículo discursivo como elemento del lenguaje. Estos se introducen en la Ley 1620 sin ningún tipo de definición”, señaló.

La Ley de Convivencia Escolar o Ley 1620 indica, entre otras cosas, que los “Manuales de Convivencia deberán identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes”.

Además, la sentencia de “Sergio Urrego” T-478 de 2015, entre otras exigencias, dio el plazo máximo de un año para que el Ministerio de Educación haga una “revisión extensiva e integral de todos los Manuales de Convivencia” para respetar la “orientación sexual y la identidad de género de los estudiantes” e incorporar “nuevas formas y alternativas” para incentivar el ejercicio de los “derechos sexuales y reproductivos”.

La ex rectora explicó que si los rectores de cualquier colegio supieran a qué se refieren estos “derechos”, simplemente “no los tendría en cuenta porque irían en contra de cualquier proyecto educativo”.

“Como rectora analicé la Ley 1620 con abogados, psicólogos, pedagogos y expertos de otras disciplinas. Nos dimos cuenta que era una mezcla mal hecha de propuestas sobre convivencia escolar que era parte de la estrategia global para imponer la ideología de género”, aseguró.

Claudia Madriñán, abogada de Red Familia Colombia, cree que “algunos rectores de colegio han estado mal informados y están asustados por la sentencia ‘Sergio Urrego’ en la que terminó una rectora en la cárcel”.

La abogada explicó a ACI Prensa que la Ley 1620 también habla sobre la autonomía educativa, que fue tomada de la Ley General de Educación de Colombia (Ley 115 de febrero 8 de 1994), cuyo “artículo 77 dice que los colegios deben tener autonomía para hacer respetar sus principios y valores”.

“A través de esta ley el Gobierno ha intentado meterse en el currículo de los colegios e imponer unos supuestos ‘derechos sexuales y reproductivos’. Hay que aclarar a los rectores de colegios confesionales que esos supuestos derechos no se mencionan en la Ley 1620 y no existen como derecho humano”, aseguró la experta. 

El derecho de los padres sobre la educación de sus hijos en Colombia

Madriñán aclaró que los padres son los primeros responsables de la educación de los hijos según lo establece el artículo 68 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 7 de la Ley General de Educación.

Además, recordó que “los colegios son simplemente delegados de los padres de familia para la educación de sus hijos”, porque estos tienen el derecho de “escoger preferentemente el tipo de educación”, lo cual también está establecido en la Constitución y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 26.3.

“Colegios públicos y privados nos regimos por las mismas normas. No obstante, los de educación privada están sujetos a los valores que establecen sus proyectos educativos y el Estado no puede meterse en su forma de educar”, explicó la abogada.

En ese contexto, Madriñán aseguró que los colegios están en la obligación de hacer respetar los “principios y valores” de los padres (Ley 1361 del 2009 – Ley de Protección Integral de la Familia art. 4).

Asimismo, dijo que los padres tienen derecho a que sus hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, lo cual está especificado en los artículos 18 y 19 de la Constitución, así como el artículo 12 de Convención Americana sobre Derechos Humanos, y el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Madriñán recordó que los padres también “hacen parte de la comunidad educativa escolar, la cual determina los Manuales de Convivencia”.

“El colegio en principio lo redacta, pero tiene la obligación de hacerlo conocer a los padres, y ellos tienen la obligación del diseño, ejecución y evaluación de los proyectos educativos institucionales”, indicó.

“En los Manuales de Convivencia no se pueden colocar cosas que vayan en contra de los valores de los padres ni de la autonomía de los colegios. Los padres deben trabajar en conjunto y en colaboración con el colegio para redactar el manual que establece las normas básicas”, continuó .

Finalmente, la abogada de Red Familia Colombia recordó que si los padres no están de acuerdo con el contenido de la cátedra escolar, especialmente sobre educación sexual, se puede solicitar al colegio que su hijo se abstenga de recibir esta educación.

Fuente - Texto tomado de ACIPRENSA.COM:
https://www.aciprensa.com/noticias/rectora-y-abogada-rectores-si-pueden-rechazar-ideologia-de-genero-en-colegios-de-colombia-47951?fbclid=IwAR3hB8yQsWyItyTShsGQUiWnBwdDz12HPq_8isfcaSo5vYldz1gRvRIq9JA